Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

La Justicia Ambiental

La Justicia Ambiental

Para reducir las emisiones de GEI se requiere que exista igualdad de derechos en el uso de la atmósfera.



Por Rodrigo Astorga
Ingeniero Comercial, Magíster en Economía
Especialista en Economía, Energía y Cambio Climático

A raíz de la pasada COP26, nuevamente miles de activistas salieron a las calles de las principales capitales occidentales, exigiendo acciones inmediatas, justas y concretas de los líderes mundiales. "Justicia ambiental ahora", fue la consigna. En ese contexto, cabe preguntarse: ¿a qué se refiere el concepto de justicia ambiental?, ¿cuál es el principio rector?, ¿es el cambio climático un problema meramente tecnológico?

Estas y otras interrogantes plantean un debate ético en torno a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y los principios de acción como el de "contracción y convergencia" y "el que contamina paga", que lleva a concluir que la solución de fondo a la problemática del cambio climático no pasa simplemente por implementar mejoras tecnológicas, sino por un compromiso global sobre la igualdad de derechos en materia medioambiental.

Ética Climática

Existe un principio ético que establece que todos tenemos los mismos derechos en el uso de la atmósfera. En otras palabras, ningún país tiene un derecho inherente a emitir más emisiones per cápita que otro. Se trata del principio de "contracción y convergencia", según el cual los países deberían negociar (y, si fuera necesario, renegociar permanentemente) una concentración máxima admisible de gases de efecto invernadero (GEI) en la atmósfera, en función de las variaciones de las estimaciones científicas del nivel de riesgo. A partir de ahí, se acordaría una reducción progresiva de las emisiones para alcanzar ese objetivo, mientras que los niveles de emisión de los ricos y los pobres se igualarían gradualmente.

Por otra parte, el principio de "quien contamina paga" también está entre los lineamientos clave de la política medioambiental. Su aplicación implica que quien genere impactos en el entorno natural debe pagar los costos de su contaminación, incluyendo las medidas adoptadas para prevenir, controlar y remediar sus efectos y los costos para la sociedad global (externalidades). Con la aplicación de este principio, se anima a los contaminadores a evitar los daños medioambientales y se les obliga a asumir su responsabilidad en los impactos generados.

Lo central en el debate sobre principios rectores y cambio climático es que la mayor parte del planeta es una clara expresión de la injusticia ambiental: la mayoría de la población mundial representa un pequeño porcentaje de las emisiones globales, pero se ve muy afectada por sus impactos. Al mismo tiempo, los estratos más pobres de la población son los más afectados. No hemos sido capaces seriamente de interiorizar los efectos negativos de la destrucción del medio ambiente, la contaminación y el calentamiento global sobre el desarrollo económico, social y ambiental, la pérdida de biodiversidad, entre otros, siendo que las catástrofes naturales provocadas por el hombre son visibles y medibles (el dilema de "Don't Look Up").

La actual senda de desarrollo ha llegado a un punto que arriesga la supervivencia del sistema ecológico que la sustenta. El funcionamiento de los mercados no puede detener estos procesos porque las tasas de rendimiento no logran internalizar la destrucción de la naturaleza ni muchos de los efectos que tienen sobre la vida: estamos en un "equilibrio de Nash" global. Cabe señalar que, en teoría de juegos, un "equilibrio de Nash" es la forma más común de definir la solución de un juego no-cooperativo. En este caso se hace referencia a una situación en que individuos racionales pueden no cooperar, incluso si parece que les conviene hacerlo.

Compromiso de Justicia

En el campo tecnológico, si imaginamos las economías en la lógica de funciones de producción neoclásicas, el elemento particular de esta época de crisis climática es que además del capital y el trabajo, la energía y sus fuentes se han convertido en otro insumo fundamental del ajuste necesario para cumplir con las metas climáticas globales (transición energética). La lógica neoclásica ilustra que tanto el capital como el trabajo son insumos productivos que se ajustan entre países y empresas. ¿Cuál es la elasticidad de sustitución entre insumos energéticos? Las energías renovables son complejas de exportar y, por tanto, el ajuste de este insumo es más costoso que el modelo de negocios imperante. Por lo tanto, podríamos decir que todavía tenemos que dar un "leapfrog" (saltar etapas o crear caminos nuevos) en la evolución tecnológica necesaria para comenzar a ajustarnos productivamente a la amenaza del cambio climático.

Esta condición sin lugar a dudas es necesaria, mas no suficiente. La clave en este momento es generar asociaciones entre países/regiones del norte y del sur global que nos permitan dar dicho "leapfrog", habilitando una mayor fluidez en el comercio de las energías renovables. Esa es una de las claves del ajuste que tenemos que hacer en nuestras formas de producción. Es un elemento central para conseguir energía renovable competitiva en cualquier momento del año, independientemente de la ciclicidad de las fuentes renovables. Precisamente el mayor intercambio comercial de energía renovable competitiva permitiría resolver muchos elementos de la seguridad y pobreza energética global, además de buena parte de las emisiones.

Más allá de las metas y objetivos del Acuerdo de París y las NDC (contribuciones determinadas por cada nación para alcanzar dichas metas), es importante entender que este desafío sólo puede ser abordado colectivamente como una comunidad global. Por lo tanto, la contribución de los países del sur global no sólo es importante, sino que es imperativa.

En última instancia, esto equivale a afirmar que se puede lograr un clima habitable, no a través de más aerogeneradores, paneles solares o autos eléctricos, sino que a través de un compromiso con la justicia medioambiental global. En lugar de consagrar y ampliar las desigualdades en el uso de los recursos, enmascarando las patologías del actual modelo de explotación de los combustibles fósiles, el principio de "contracción y convergencia" implicaría abordar directamente las causas fundamentales de la crisis climática.

De ahí la relevancia de iniciativas generadas desde el sur global como el Acuerdo de Escazú. El tratado consagra el derecho de todas las personas, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y a un desarrollo sostenible. Este acuerdo, negociado por los gobiernos de América Latina y el Caribe, ofrece un camino para avanzar en mayor justicia ambiental mediante el fortalecimiento del Estado de Derecho y la democracia participativa, la protección de los derechos humanos, y mejorar la gobernanza e institucionalidad ambiental para la resolución de conflictos socioambientales. Frente al escenario presente y futuro caracterizado por mayor incertidumbre e interdependencias globales, Escazú nos dota de más y mejores herramientas.

Artículo publicado en InduAmbiente 175 (marzo-abril 2022), páginas 30 a 31.