Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Límites a los Motores

Límites a los Motores

Conozca en detalle las normas de emisión para maquinaria móvil fuera de ruta y grupos electrógenos.



Finalizada la COP26, que dejó a numerosos participantes con sabor a poco tras la firma de un acuerdo calificado como insuficiente, los países retomaron el camino hacia el cumplimiento de sus compromisos para mitigar el cambio climático. Y, en el caso de algunos, como Chile, también hacia la meta de alcanzar la carbono neutralidad para 2050.

En línea con estos esfuerzos y a la vez con el necesario control de la contaminación local, el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) recientemente publicó dos nuevas normas de emisión: una para grupos electrógenos y otra para maquinaria móvil fuera de ruta.

Estos segmentos de equipos, en especial aquellos que utilizan diésel como combustible, generan emisiones de contaminantes atmosféricos como los óxidos de nitrógeno (NOx) y material particulado fino (MP 2,5). Ambos, agentes perjudiciales para el medio ambiente y, sobre todo para las personas, ya que provocan efectos adversos que impactan de manera directa en la salud de los habitantes de los centros urbanos con mayor densidad poblacional.

Por lo anterior, "se hace necesario garantizar un nivel de protección óptimo a las personas que trabajan, habitan o transitan en las proximidades de grupos electrógenos y maquinaria móvil, por lo que debe utilizarse la mejor tecnología disponible en la actualidad a fin de reducir al mínimo las emisiones de gases y partículas a la atmósfera, y la exposición acumulativa de éstas en la población".

Así lo afirma el Subsecretario del Medio Ambiente, Marcelo Fernández, quien hasta antes de su reciente designación en el cargo encabezaba la División de Calidad del Aire y Cambio Climático del MMA.

Maquinaria Fuera de Ruta

El 21 de octubre se publicó en el Diario Oficial la Norma de Emisión para Maquinarias Móviles, lo que convirtió a Chile en el segundo país latinoamericano, después de Brasil, en establecer una regulación nacional orientada a controlar la contaminación proveniente de motores de vehículos que operan fuera de ruta.

Según el texto normativo, la denominación "maquinaria móvil" comprende a toda aquella "no destinada al transporte de pasajeros o mercancías por carretera, apta para desplazarse sobre el suelo, con o sin carrocería, y que funciona en base a motores de combustión interna, de encendido por compresión, con una potencia neta instalada, igual o superior a 19 kW e inferior o igual a 560 kW".

Así, abarca una amplia gama de máquinas y vehículos utilizados en los sectores agrícola, forestal, minero y de construcción, como tractores, bulldozers, camiones tolva, cargadores frontales, dumpers, motoniveladoras y retroexcavadoras, entre otros (ver gráfica adjunta).

Limites a los Motores-Graf.jpg
La nueva regulación busca reducir las emisiones de las maquinarias móviles que ingresan al país. Para eso, establece la exigencia de límites máximos de emisión equivalentes a las fases IV o V establecidas en el Reglamento (UE) 2016/1628 del Parlamento Europeo y del Consejo, "Sobre los requisitos relativos a los límites de emisiones de gases y partículas contaminantes, y a la homologación de tipo para los motores de combustión interna que se instalen en las máquinas móviles no de carretera".

De este modo, los fabricantes o sus representantes legales en Chile, distribuidores o importadores, de maquinarias móviles afectas a los límites de emisión exigidos en las tablas 1 o 2 (ver adjuntas), deberán presentar un certificado ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que verificará el cumplimiento de las emisiones del tipo o familia de motor de la maquinaria móvil, previo a su importación. Todo esto, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Reglamento (UE) 2016/1628 o por el Código de Regulaciones Federales de los Estados Unidos de América (CFR), título 40, parte 1039, según corresponda.

Limites a los Motores-Tabla1.jpg
Notas:
g/kWh= gramos por kilowatt hora
g/bhp-h= gramos por caballos de fuerza al freno hora


Limites a los Motores-Tabla2.jpg
Notas:
g/kWh= gramos por kilowatt hora
PN= Número de partículas

La norma pretende reducir en un 51% sus emisiones de MP 2,5 y un 55% de las de NOx a 2030, respecto de la línea base. Comenzará a regir para todas las importaciones de maquinaria a contar de 24 meses desde la entrada en vigor del decreto, excepto los tractores que tendrán un plazo de 36 meses.

La SMA velará por el cumplimiento de la norma. Con ese fin, establecerá protocolos y procedimientos mediante una resolución que se publicará en el Diario Oficial a más tardar 6 meses después de la entrada en vigencia del decreto.

Grupos Electrógenos

Los grupos electrógenos son unidades generadoras de energía eléctrica, que constan de un alternador o generador accionado por un motor de combustión interna.
Sus aplicaciones son diversas, utilizándose comúnmente cuando no hay acceso a la red de energía eléctrica –o hay déficit en la generación de este recurso– o también cuando son frecuentes los cortes de suministro.

Los campos de aplicación de los grupos electrógenos se extienden a una amplia gama de áreas, incluyendo centros de almacenamiento y procesamiento de datos, recintos hospitalarios, embarcaciones marítimas, instalaciones militares, redes de telecomunicaciones y minería. Además, se usan como fuente de energía principal en actividades de agricultura y ganadería desarrolladas en zonas rurales, conciertos, realización de videos, obras de construcción civil y aeropuertos.

La Norma de Emisión para Grupos Electrógenos se publicó en el Diario Oficial el pasado 15 de septiembre, transformando a Chile en el primer país en Latinoamérica que establece una regulación nacional sobre estos equipos, tanto estacionarios como móviles.

Su aplicación apunta a disminuir un 77% de las emisiones de MP 2,5 y un 80% de las emisiones de NOx al año 2030, respecto de la línea base.

La implementación de la norma se realizará en dos etapas. La primera aplica a los grupos electrógenos a diésel con potencia mayor o igual a 19 kW, cuya importación se realice a contar de 24 meses desde que se publicó el decreto, vale decir, a partir del 15 de septiembre de 2023. El estándar exigido será Tier 2 o Tier 3, dependiendo del rango de potencia del equipo.

La fase 2 rige para los grupos electrógenos a diésel con potencia mayor o igual a 130 kW, que ingresen a Chile 48 meses después que se publicó la norma, o sea, desde el 15 de septiembre de 2025. En este caso, el estándar requerido será Tier 3 o Tier 4, condicionado por el rango de potencia del generador.

Se excluirá de la aplicación de la norma a los grupos electrógenos que operan en zonas sin acceso al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), cuyo uso principal sea el abastecimiento de clientes residenciales.

Al igual que para la maquinaria móvil, la SMA fiscalizará su cumplimiento.

Carbono Negro

Las nuevas normas también pueden ayudar a cumplir con los compromisos señalados por Chile en la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) para mitigar y afrontar el cambio climático.

En ese contexto, Marcelo Fernández destaca que ambas regulaciones harán un "enorme aporte al cumplimiento de la NDC de carbono negro al año 2030, ya que en conjunto contribuirán a la reducción de este contaminante con un 66% de la meta comprometida".

Cabe señalar que una fracción importante del material particulado emitido tanto por los grupos electrógenos como por la maquinaria móvil debido a la combustión de diésel, corresponde a carbono negro.

Este contaminante juega un papel importante en el sistema climático de la Tierra, al producir efectos directos en el calentamiento global. Primero, a causa de la absorción de la energía solar por las partículas suspendidas en la atmósfera y, segundo, al depositarse sobre la nieve y los glaciares contribuyendo a su derretimiento.

"El carbono negro forma parte de los llamados contaminantes climáticos de vida corta (CCVC), los cuales tienen un importante potencial de calentamiento global (GWP, por su sigla en inglés) y un tiempo de vida en la atmósfera más breve que el CO2", explica el Subsecretario del Medio Ambiente.

En ese contexto, subraya que la Norma de Maquinaria Móvil contribuirá a reducir este compuesto aportando con un 52% de la meta NDC comprometida, mientras que la Norma de Grupos Electrógenos ayudará con un 14%.

Partículas Diésel

De igual manera, Fernández recalca que ambas regulaciones en conjunto favorecerán una baja significativa de las emisiones totales de los motores diésel, advirtiendo a la vez el alto riesgo que éstas representan: "Esas partículas, que se miden en nanómetros (< 1 micrón), pueden ingresar a los alveolos pulmonares e incluso pasar al torrente sanguíneo".

En 2012, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró a las partículas diésel como cancerígenas en el nivel 1, es decir, la mayor peligrosidad. En efecto, el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC), que forma parte de la OMS, estableció que las emisiones de MP generadas por la combustión del diésel se asocian a enfermedades agudas y crónicas, como también a distintos tipos de cánceres, como el de pulmón, y a patologías cardiovasculares.

La autoridad ambiental indica que esto deja de manifiesto la amenaza que los contaminantes señalados representan para la salud ocupacional, especialmente para los trabajadores que operan maquinaria móvil fuera de ruta, que son los más expuestos entre todos los segmentos de población que trabajan, habitan o transitan en las proximidades de grupos electrógenos y maquinarias móviles.

"En Suiza, el desarrollo de la tecnología de filtros de partículas que se utiliza en esta maquinaria se inició para cumplir los requerimientos de salud ocupacional. No obstante, el carácter nacional de estas normativas hoy permite afirmar que su impacto más relevante se asocia con la diminución de mortalidad producto de la reducción de emisiones de partículas ultrafinas", comenta el Subsecretario.

En la misma línea, añade que el Análisis General de Impacto Económico y Social (AGIES), elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente, "consideró todos los efectos, evaluando la cantidad de casos que se evitarían de mortalidad, admisiones hospitalarias, visitas a salas de emergencia y productividad perdida (días), por concepto de mejoras en la calidad del aire debido a la aplicación de ambas normativas".

Estándar Restrictivo

Desde el sector de los proveedores, surgen reacciones al nuevo marco regulatorio. Sobre la Norma para Grupos Electrógenos, Sebastián Ariztía, Gerente General de ADEL Generación, estima "consecuente y apropiado exigir a quienes importan y comercializan este tipo de equipos el cumplimiento de normativas cuyo objetivo sea la de mejorar nuestra calidad de vida". No obstante, advierte que "las normativas a las cuales se ha adherido el Ministerio del Medio Ambiente (EPA Tier 3 hasta el 2025 y EPA Tier 4 a partir de ese año), son las más restrictivas y están orientadas al mercado de 60Hz y no al de 50Hz, como es el caso de Chile".

El ejecutivo agrega que, "como existen pocos fabricantes de motores que cumplen con dichas normativas en 50Hz, será inevitable la formación de oligopolios en la oferta de grupos generadores, quedando fuera los participantes que, por diversos motivos, no puedan acceder a comercializar equipos apropiados, además de generarse un aumento en los precios. Este es uno de los costos-oportunidad derivados de las exigencias ambientales de la norma".

Asimismo, Ariztía plantea que "los estándares que fija serán difíciles (no imposibles) de cumplir en el futuro, por cuanto se deberá esperar a que los fabricantes de motores tomen la decisión comercial de certificar la mayor cantidad de modelos en 50Hz".

Por otro lado, considera muy importante que el Estado y los privados adhieran a los objetivos internacionales en materia ambiental. Aunque, desde su punto de vista, "los mecanismos para cumplirlos deben alinearse también con el desarrollo tecnológico vigente y con una suficiente oferta internacional-nacional. De otra manera, el costo de las normas será siempre mayor a su beneficio real".

En ese sentido, Sebastián Ariztía señala que sería apropiado que el MMA revise la normativa, considerando la disponibilidad mundial de marcas y modelos de diferentes potencias que se encuentren certificados Tier 3 y Tier 4 para 50Hz.


RECUADRO:

Euro 6 y Vehículos Pesados

En paralelo, el MMA ha implementado una estrategia para reducir el impacto de los motores diésel en la contaminación atmosférica y el cambio climático.

Marcelo Fernández precisa que en el ámbito del transporte se ha regulado a los vehículos diésel livianos, medianos y pesados (buses y camiones) desde la década de los noventa: "En septiembre de 2020 avanzamos con la publicación de la norma más exigente en esta materia, que es la Euro 6 para vehículos livianos y medianos. Actualmente, estamos elaborando el anteproyecto de este mismo estándar para el segmento de vehículos pesados, que esperamos someter a consulta pública el primer semestre de 2022".


DATOS:

447.274
Grupos electrógenos había en Chile a 2015, según un estudio encargado por el MMA. De ese total, 66% corresponde a equipos que operan con gasolina y el 34% con diésel.

1.839
Toneladas de material particulado fino se estimó que emitieron los grupos electrógenos ese mismo año en nuestro país. De ese volumen, un 8% corresponde a equipos que operan con gasolina y un 92% con diésel.

Artículo publicado en InduAmbiente 173 (noviembre-diciembre 2021), páginas 86 a 89.