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Megarreforma: Comisión del Senado aprobó capítulo ambiental, incluyendo la indemnización por RCA anulada

Megarreforma: Comisión del Senado aprobó capítulo ambiental, incluyendo la indemnización por RCA anulada

En una tensa sesión, también se visó el plazo de un año para que los órganos sectoriales resuelvan los proyectos de inversión en trámite, como también para presentar recursos para invalidar una resolución de calificación ambiental, y se definió que las relocalizaciones de concesiones acuícolas deberán pasar por el SEIA y contar con un plan de abandono y cierre, entre otras materias.



Miércoles 8 de julio de 2026.- En una tensa sesión, la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales del Senado aprobó anoche el capítulo ambiental de la megarreforma planteada por el Gobierno en su proyecto de ley sobre reconstrucción nacional y desarrollo económico y social, incluyendo la polémica indemnización económica estatal a las empresas cuya resolución de calificación ambiental (RCA) sea anulada judicialmente.

Tras eso, la iniciativa legal comenzó hoy su análisis en particular en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, y se espera que la Comisión de Hacienda lo revise durante la próxima semana, para que se pueda votar en la Sala del Senado el miércoles 15 de julio, según acordaron los comités parlamentarios.

La Comisión de Medio Ambiente culminó ayer la revisión de las 207 indicaciones presentadas al contenido ambiental de la megarreforma, poniendo especial atención en la controvertida idea gubernamental de incorporar un mecanismo de restitución de gastos para los titulares de proyectos cuyas RCA sean anuladas judicialmente. Para el Ejecutivo, con esta medida se dará una señal de certeza para la inversión. Sin embargo, la propuesta ha recibido diversas críticas especializadas que incluso plantean una posible inconstitucionalidad, incluyendo un informe de la Corte Suprema donde cuestiona su viabilidad jurídica y sus posibles efectos negativos en las arcas públicas y en la protección del medio ambiente, advirtiendo por ejemplo sobre una presión indebida para la actuación y autonomía de los jueces.

Ayer, cuando ya terminaba la discusión sobre esta materia, el Ejecutivo presentó nuevos ajustes al texto, lo que generó la molestia de los senadores de oposición Ricardo Celis (PPD) y Alfonso de Urresti (PS) que acusaron un cambio de condiciones fuera de plazo y se retiraron de la sala antes de terminar las votaciones, indicando que presentarán una reserva de constitucionalidad respecto de los artículos que abordan la restitución de gastos por la anulación judicial de una RCA y aquellos que reforman el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

En síntesis, las principales medidas aprobadas por la Comisión del Medio Ambiente del Senado fueron las siguientes:

• Se faculta a las empresas privadas a exigir una indemnización económica estatal (restitución de gastos) en caso de que un tribunal revoque una resolución de calificación ambiental.

• Plazos de tramitación administrativa: Los órganos sectoriales tendrán un año para responder a los proyectos de inversión en trámite, considerando todos los actos administrativos del Estado.

• El plazo para que un tercero presente un recurso legal y administrativo para dejar sin efecto un permiso ambiental ya aprobado será de un año.

Reclamaciones: Quienes hayan formulado observaciones durante el proceso de participación ciudadana solo podrán fundar su reclamación en dichas observaciones, así como en vicios procedimentales de carácter esencial. Y quienes no hubiesen formulado observaciones, solo podrán fundar su reclamación en aspectos que no hayan sido evaluados y que le generen una afectación directa, así como en vicios procedimentales de carácter esencial.

• Las relocalizaciones de las concesiones acuícolas deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) debiendo presentar un plan de abandono y cierre. También se introdujo el concepto de microrelocalizaciones, indicando que serán aquellas que no superen una distancia de 350 metros respecto a la zona original.

• Se eliminó la exigencia a los titulares de las concesiones acuícolas de contar con tecnología para monitorear los parámetros ambientales de las zonas o áreas geográficas en las que se desarrolla la acuicultura.

• Las modificaciones de un proyecto o actividad que cuente con RCA favorable y cuyas partes, obras o acciones que intervengan o complementen se ejecuten en la misma faena o área intervenida originalmente evaluada, solo requerirán una nueva evaluación ambiental en caso de que exista un cambio de consideración en su magnitud o en la extensión de sus impactos ambientales.

• Se establecerá un régimen especial de tramitación y evaluación de impacto ambiental, al cual podrán acogerse voluntariamente los titulares de proyectos o actividades que se sometan al SEIA.

Fuente: www.senado.cl