Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Ministerio de Energía modifica Decreto 88/2019 que regula la generación de pequeña escala

Ministerio de Energía modifica Decreto 88/2019 que regula la generación de pequeña escala

Hasta el 8 de abril se podrán ingresar solicitudes de declaración en construcción de este tipo de proyectos, que consideran una potencia de hasta 9 MW.



Miércoles 30 de marzo 2022.- El Ministerio de Energía introdujo un cambio al Decreto 88/2019 de medios de generación de pequeña escala, que fue oficializado mediante su publicación ayer en el Diario Oficial.

Esta modificación consiste en establecer como plazo máximo para el ingreso correcto de las solicitudes de declaración en construcción de este tipo de iniciativas —hasta 9 MW— el próximo 8 de abril. A partir de entonces, la Comisión Nacional de Energía (CNE) tendrá 6 meses para revisar los antecedentes entregados por los promotores de dichos proyectos y luego aprobará la solicitud a aquellos que cumplan con lo establecido en el Decreto 88/2019 en ese lapso.

El ministro de Energía, Claudio Huepe, explicó que “el objetivo es permitir que los procedimientos que deben hacerse para la revisión de todos los antecedentes tengan el tiempo necesario y que se hagan de forma correcta y con la holgura que se requiere, entregando certeza de que todos los proyectos van a ser revisados correcta y específicamente”.

Agregó que “con esto, lo que estamos haciendo es permitir que todos los proyectos de generación distribuida que aporten al sistema puedan ingresar ahora y, como tema de fondo, estamos generando un proceso de transparencia del sector público en el cual el Estado hace su rol”.

El objetivo del Decreto 88/2019 es regular el procedimiento de interconexión, energización y puesta en servicio de los pequeños medios de generación (PMG) y de pequeños medios de generación distribuida (PMGD), así como el de establecer una nueva metodología de cálculo para el mecanismo de estabilización de precios.