Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Justicia desestimó vínculo de ENAP con intoxicaciones de 2018 en Quintero y Talcahuano

Justicia desestimó vínculo de ENAP con intoxicaciones de 2018 en Quintero y Talcahuano

No obstante, el Tribunal Oral en lo Penal de Concepción dictó 50 días de presidio –que serán reemplazados por pena remitida– para tres ejecutivos de la empresa por tráfico de residuos peligrosos.



Martes 9 de mayo de 2023.- Casi cinco años después de los episodios de intoxicación masiva que afectaron a la población de las bahías de Quintero y Talcahuano, en agosto de 2018, hoy el Tribunal Oral en lo Penal de Concepción confirmó el veredicto dado a conocer el 10 de marzo pasado: condenó a pena de presidio remitido a tres ejecutivos de la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) por mal manejo de residuos peligrosos, pero al mismo tiempo desestimó responsabilizar a la empresa por la contaminación sufrida por los habitantes de dichas zonas.

La sentencia del caso conocido como "Crudo iraní" va en contra de Enrique Piraíno, Juan Pablo Rhodes y Carlos Lizana, como autores del delito consumado de tráfico de residuos peligrosos –contemplado en el artículo 44, inciso 1° de la Ley 20.920, más conocida como "Ley REP", en relación con el Decreto 148 del Ministerio de Salud– en la comuna de Quintero. El tribunal determinó una sanción para los tres imputados de 50 días de prisión en su grado máximo, los cuales serán reemplazados por un año bajo el control de Gendarmería.

Al mismo tiempo, el órgano judicial rechazó la petición de los acusadores de imputar a los ejecutivos de ENAP por los mencionados episodios de contaminación masiva. En ese contexto, el tribunal descartó los cargos contra Piraíno, Rodhes y Lizana por la eventual autoría en el delito de propagación de sustancias peligrosas para la salud animal o vegetal en la comuna de Quintero, y de los mismos cargos realizados a Álvaro Hillerns, Patricia Cabalá y Jorge Farías en la bahía de Concepción.

ENAP anunció apelación

A través de un comunicado, desde ENAP se mostraron satisfechos por la absolución de los seis ejecutivos de los cargos relacionados por la responsabilidad en los episodios de intoxicación masiva. "Nos parece que la resolución de hoy día lo único que hace es ratificar de manera clara e indiscutible, y que no puede generar duda alguna en la ciudadanía, que en el episodio de contaminación que se imputó aquí en Talcahuano, menos aún el que se imputó en Quintero, fue responsabilidad de las personas imputadas", explicó el abogado de los funcionarios de ENAP, Cristian Muga.

De igual manera, indicaron que la sanción del tribunal contra tres ejecutivos por el tráfico de residuos peligrosos "será estudiada a fondo por la defensa de ENAP para establecer las acciones a seguir e interponer los recursos que se estimen necesarios".