En medio de la ofensiva legislativa y administrativa desplegada por el actual Gobierno para reactivar la economía, el enfoque y las intervenciones públicas de la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo, han recibido numerosas críticas de quienes sostienen que su gestión parece estar excesivamente alineada con los intereses macroeconómicos, en desmedro de la protección socioambiental.
"Agilizar la gestión no es bajar el estándar ambiental, sino hacer que el Estado cumpla bien y a tiempo su función", responde la secretaria de Estado en esta entrevista, como parte de sus argumentos para justificar las acciones y propuestas que el Ejecutivo ha impulsado para destrabar las inversiones y las evaluaciones ambientales. En ese marco, explica algunos de los controvertidos cambios legales que han planteado para su discusión el Congreso, como la continuidad del Comité de Ministros, las modificaciones al sistema de reclamaciones ambientales y la restitución de gastos a proyectos con resoluciones de calificación ambiental anuladas judicialmente. Asimismo, defiende otras cuestionadas decisiones de su cartera como la postergación de los plazos para implementar de manera plena el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas.
Agilización y protección
-Uno de los objetivos principales que se ha propuesto el Gobierno es destrabar las inversiones, lo que en la gestión del Ministerio del Medio Ambiente se ha traducido, por ejemplo, en la resolución de reclamaciones pendientes ante el Comité de Ministros, que en tres meses ha aprobado proyectos por casi 7.000 millones de dólares, ¿cómo se garantiza que dicha priorización económica no signifique una menor consideración de los aspectos socioambientales en las decisiones adoptadas en esta instancia?
"Lo primero que me parece importante aclarar es que destrabar inversiones no significa, ni puede significar, aprobar proyectos por aprobar. Una institucionalidad ambiental seria no se mide por cuánto se demora en resolver, sino por su capacidad de entregar decisiones técnicas, fundadas, oportunas y ajustadas a derecho. Ese es el estándar que estamos impulsando.
En el Comité de Ministros las decisiones no se toman a partir del monto de inversión de un proyecto, sino sobre la base del expediente, de los antecedentes técnicos del Servicio de Evaluación Ambiental, de los informes de los organismos competentes, de las observaciones ciudadanas cuando corresponden y de la fundamentación jurídica que exige la ley. Por lo mismo, agilizar la gestión no es bajar el estándar ambiental, sino hacer que el Estado cumpla bien y a tiempo su función.
También hay que hacerse cargo de una realidad, la demora excesiva no protege mejor el medio ambiente. Muchas veces genera incertidumbre para las comunidades, para los titulares y para los propios servicios públicos. Lo que buscamos es terminar con esa lógica de atraso acumulado, manteniendo plena rigurosidad técnica y resguardando los aspectos socioambientales de cada decisión.
Para nosotros, crecimiento económico, seguridad jurídica y sustentabilidad son parte de una misma agenda. Chile necesita inversión, pero necesita inversión bien evaluada, con reglas claras, con participación cuando corresponde y con decisiones que puedan sostenerse técnica y jurídicamente".
-El proyecto de ley que reforma la institucionalidad ambiental despachado por el Senado a la Cámara de Diputados elimina el Comité de Ministros, para reducir el componente político y fortalecer el carácter técnico en la evaluación ambiental, tal como lo han recomendado numerosos expertos. En su reemplazo, la resolución de las reclamaciones quedaría en manos de una autoridad unipersonal dentro del Servicio de Evaluación Ambiental, lo cual también ha generado reparos. Frente a eso, el Ejecutivo ingresó una indicación para reponer el Comité de Ministros, estableciendo además un mínimo de 10 sesiones anuales. ¿Cómo se justifica esta propuesta y de qué manera ayudaría a encontrar una solución a esta controversia?
"Esta es una discusión legítima y necesaria, porque toca un punto central de la institucionalidad ambiental, cómo resolver reclamaciones de manera técnica, oportuna y con legitimidad. Hay quienes han planteado que eliminar el Comité de Ministros reduce el componente político. Pero también existe un riesgo evidente en concentrar una decisión compleja en una sola autoridad administrativa.
Lo que estamos proponiendo no es mantener una instancia que funcione de manera esporádica o discrecional. La indicación busca que exista una instancia colegiada, con reglas claras, con obligación de sesionar periódicamente y con el deber de resolver dentro de un marco técnico y jurídico. Un mínimo de sesiones anuales apunta precisamente a evitar que se acumulen reclamaciones y a que el Estado no vuelva a llegar tarde.
El Comité de Ministros puede aportar una mirada nacional e intersectorial en materias que muchas veces involucran salud, economía, agricultura, energía, minería y medio ambiente. Pero esa mirada no sustituye el análisis técnico del SEA ni el marco legal aplicable. Al contrario, debe apoyarse en ellos.
La clave está en separar colegialidad de arbitrariedad. Una decisión colegiada puede ser más robusta si está bien regulada, si sus fundamentos son públicos, si se basa en antecedentes técnicos y si opera con oportunidad. Ese es el equilibrio que queremos construir".
El Gobierno propone mantener el Comité de Ministros, como instancia de resolución colegiada que cumpla un mínimo de sesiones anuales para "evitar que se acumulen reclamaciones", dice Francisca Toledo.
-Una de las materias más debatidas durante la tramitación de dicha iniciativa legal ha sido el mecanismo de impugnación de las resoluciones de calificación ambiental (RCA), ¿en qué consisten las modificaciones planteadas por el Gobierno en esta materia?, ¿estas propuestas garantizan el derecho de las comunidades a cuestionar proyectos que consideran ambientalmente riesgosos?
"El objetivo del Gobierno es ordenar el sistema de impugnación, no restringir el derecho de las comunidades. Hoy existe una preocupación compartida respecto de la necesidad de entregar mayor certeza sobre los plazos, las vías disponibles y las autoridades que deben resolver. Esa certeza es importante para los titulares, pero también para las comunidades, porque nadie gana con procedimientos confusos o eternos.
Lo que se busca es que las controversias ambientales se canalicen por vías claras, especializadas y oportunas, evitando duplicidades que terminan debilitando la confianza en el sistema. Pero eso tiene que hacerse resguardando el acceso a la justicia ambiental, la participación ciudadana y la posibilidad real de cuestionar una RCA cuando existan fundamentos ambientales para hacerlo.
También hemos tomado nota de las observaciones que se han formulado durante la tramitación, especialmente en relación con la necesidad de precisar adecuadamente quiénes pueden ejercer estas acciones y cómo se armonizan las reglas con la legislación vigente. Esa precisión es relevante para evitar incertidumbre, pero también para que ninguna comunidad que tenga un interés legítimo quede sin una vía efectiva de reclamación.
En esta materia el equilibrio es muy importante: necesitamos un sistema que dé certeza, pero que al mismo tiempo sea confiable, transparente y accesible. La certeza jurídica no se opone al derecho de las comunidades; por el contrario, cuando las reglas son claras, todos saben cómo actuar y qué pueden esperar de la institucionalidad".
-El proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social también incluye cambios orientados a agilizar la tramitación ambiental y favorecer las inversiones, algunos de los cuales han sido muy criticados, como la idea de incorporar un mecanismo de restitución de gastos para titulares cuyas RCA sean anuladas judicialmente. La Corte Suprema emitió un informe que cuestiona la viabilidad jurídica de la norma y sus posibles efectos negativos en las arcas públicas y en la protección del medio ambiente, advirtiendo por ejemplo sobre una presión indebida para la actuación y autonomía de los jueces, a lo cual se suman críticas especializadas que plantean una posible inconstitucionalidad de la propuesta. ¿Qué responde a esos cuestionamientos?
"Tomamos con seriedad las observaciones de la Corte Suprema y de los especialistas. Se trata de una norma en discusión legislativa y, por lo tanto, precisamente corresponde analizar sus alcances, escuchar los reparos y perfeccionar su redacción cuando sea necesario.
El sentido de la propuesta es abordar un problema muy específico: qué ocurre cuando un titular ha actuado sobre la base de una RCA vigente, dictada por la autoridad competente y amparada por presunción de legalidad, y luego esa autorización es anulada judicialmente después de haberse iniciado la ejecución. Ahí se plantea una discusión sobre confianza legítima, buena fe y responsabilidad del Estado frente a sus propios actos.
Dicho eso, el mecanismo no puede entenderse como una indemnización automática ni como un seguro general de la inversión privada. Por eso es relevante que su alcance esté estrictamente acotado a gastos directos y efectivos, debidamente acreditados, respaldados documentalmente y asociados a la ejecución del proyecto. No estamos hablando de lucro cesante, utilidades esperadas ni compensaciones abiertas.
También es fundamental despejar cualquier interpretación que pudiera afectar la independencia de los tribunales. Ninguna regla puede presionar la decisión judicial ni debilitar la protección ambiental. Si el debate legislativo permite precisar mejores criterios como excepcionalidad, buena fe del titular, límites de procedencia y resguardo fiscal, el Ejecutivo estará disponible para trabajar esos perfeccionamientos. Lo importante es construir una norma seria, equilibrada y jurídicamente sostenible".
Revisión de decretos
Al día siguiente de asumir el actual Gobierno, el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) retiró de Contraloría General de la República 43 decretos vinculados emitidos durante la administración anterior. La decisión generó críticas y preocupación por parte de sectores académicos, organizaciones ciudadanas y ambientales por la mayor demora que tendría la puesta en marcha de regulaciones e instrumentos para descontaminar territorios, proteger la salud de las personas y la naturaleza.
Frente a eso, la autoridad ambiental indicó que la acción respondió al interés de revisar las normas en trámite de manera acuciosa para que no presenten errores o incompatibilidades con otros cuerpos legales vigentes, que pudieran generar problemas en su futura implementación. Hasta fines de junio, se habían reingresado a la Contraloría cinco de esas regulaciones: el decreto REP para pilas y aparatos electrónicos; el plan de recuperación y conservación de la Ranita de Darwin; la norma primaria de calidad del aire para plomo; el reglamento para los planes de recuperación, conservación y gestión de especies; y el que crea el área de conservación de múltiples usos Olivares-Colorado, en San José de Maipo. Y en los primeros tres casos se había completado su tramitación.
-El 10 de junio pasado se publicó la norma de calidad del aire para plomo que figuraba entre los 43 decretos retirados por el Ministerio del Medio Ambiente, en marzo, desde la Contraloría. ¿Cómo avanza la revisión de los otros decretos relacionados con el control de contaminantes industriales, como los que actualizan la norma de calidad del aire para material particulado fino (MP 2,5), la emisión de riles a aguas superficiales, la norma para termoeléctricas y la norma para fundiciones?, ¿han encontrado problemas relevantes en este proceso?
"El caso de la norma de plomo muestra precisamente cómo estamos trabajando. El decreto fue retirado para una revisión exhaustiva, luego fue reingresado a Contraloría, tomado de razón y publicado. Es decir, hubo un proceso serio, ágil y responsable que permitió contar con un instrumento más robusto para proteger la salud de las personas.
Esa actualización mantiene el valor anual de concentración y fortalece las condiciones para una mejor medición y fiscalización, porque la Superintendencia del Medio Ambiente deberá elaborar los protocolos correspondientes. Lo importante es que no se trata solo de publicar normas, sino de contar con instrumentos que puedan aplicarse bien y fiscalizarse correctamente.
Respecto de los otros decretos, la revisión continúa caso a caso. Estamos mirando consistencia técnica, fundamentación, trazabilidad del expediente, coherencia normativa y solidez jurídica para toma de razón. Sería irresponsable adelantar conclusiones específicas mientras ese trabajo está en desarrollo.
Lo que sí puedo afirmar es que esta revisión no significa paralizar la agenda regulatoria ambiental. Al contrario, busca fortalecerla. Un decreto ambiental debe proteger efectivamente a las personas y al medio ambiente, pero también debe estar bien construido jurídicamente para que no sea vulnerable después. Esa es la lógica con la que estamos actuando".
Fiscalización y biodiversidad
-Otro proyecto de ley bien relevante en materia de institucionalidad ambiental que se tramita en el Congreso es el que fortalece y mejora la eficacia de la fiscalización y el cumplimiento de la regulación ambiental a cargo de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), ¿en qué consisten las principales indicaciones presentadas por el Ministerio al respecto?
"La SMA cumple un rol clave, porque la protección ambiental no termina cuando se dicta una norma o se aprueba una RCA. La protección real ocurre también en la fiscalización, en el seguimiento y en la capacidad del Estado para reaccionar de manera oportuna frente a incumplimientos.
La reforma busca entregar mejores herramientas para fiscalizar, sancionar e incentivar el cumplimiento. Entre los elementos centrales están la mejora en la gestión de denuncias, con plazos más claros; la posibilidad de reserva de identidad del denunciante; la creación de un procedimiento sancionatorio simplificado para infracciones leves; y vías alternativas de cumplimiento para desviaciones menores, siempre que no exista afectación al medio ambiente ni riesgo significativo para la salud de las personas.
También se fortalecen las potestades cautelares de la Superintendencia en casos de elusión al SEIA o cuando exista un riesgo grave e inminente para el medio ambiente o la salud. Esto es muy relevante, porque muchas veces la respuesta del Estado llega tarde y el daño ambiental ya se produjo o se volvió mucho más difícil de contener.
Nuestro enfoque es que la fiscalización sea más efectiva, más proporcional y más preventiva. La sanción es necesaria cuando corresponde, pero también es importante promover el cumplimiento temprano, corregir desviaciones a tiempo y concentrar las capacidades de fiscalización donde existen mayores riesgos ambientales".
-El Gobierno decidió postergar el inicio del traspaso de la administración de las áreas protegidas desde la CONAF al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP); también propuso ampliar los plazos para dictar los reglamentos para el funcionamiento pleno del SBAP y oficializar los sitios prioritarios para la conservación. Además, ha planteado la necesidad de modificar o corregir la aplicación de la Ley 21.202 sobre Humedales Urbanos, argumentando que estaría generando efectos no previstos sobre proyectos habitacionales y de inversión. ¿Cómo se compatibilizan esas propuestas con el deber que le corresponde al Ministerio de resguardar la biodiversidad?
"Se compatibilizan entendiendo que proteger la biodiversidad no es solo dictar normas, sino implementarlas bien. La creación del SBAP es uno de los avances institucionales más relevantes del país en materia de conservación y, justamente por eso, requiere una puesta en marcha seria, ordenada y responsable.
La postergación del traspaso de las áreas protegidas desde CONAF al SBAP no debilita la conservación; busca evitar una implementación improvisada que podría afectar la continuidad operativa del sistema. Estamos hablando de áreas protegidas, equipos regionales, presupuestos, procedimientos, administración en terreno y servicios que deben seguir funcionando. Si el traspaso no se hace con condiciones reales, el riesgo lo asumen los ecosistemas, los funcionarios y también las personas que visitan esas áreas.
En paralelo, seguimos avanzando en la implementación de la Ley, en los reglamentos y en el trabajo asociado a los sitios prioritarios para la conservación, con participación y antecedentes técnicos. Esa agenda no se detiene; se ordena para que tenga resultados sostenibles.
Respecto de humedales urbanos, quiero ser clara: actualizar criterios metodológicos no es retroceder en protección. Al contrario, es fortalecerla. A cinco años de la entrada en vigencia de la ley, existe experiencia suficiente para mejorar la guía de delimitación y caracterización, incorporar mayor precisión técnica, estandarizar metodologías y entregar más certeza a municipios, comunidades, propietarios y titulares de proyectos.
Un humedal urbano bien delimitado, con respaldo técnico y jurídico sólido, se protege mejor. Eso reduce conflictividad, evita judicialización innecesaria y permite que la conservación sea efectiva. Nuestra responsabilidad es cuidar la biodiversidad, pero hacerlo con instrumentos claros, aplicables y técnicamente defendibles".
Artículo publicado en InduAmbiente n° 200 (mayo-junio 2026), páginas 52 a 55.

