Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Modificaciones en el impuesto a las emisiones

Gabriela Cienfuegos
Jefe de Proyectos en Gestión Ambiental Consultores



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En septiembre del año 2014 se publicó la Ley N° 20.780, Reforma Tributaria que incorporó por primera vez en Chile un impuesto a las emisiones, conocido como Impuesto Verde. Además de gravar las emisiones de vehículos nuevos, esta Ley incluyó un impuesto a las emisiones de fuentes de establecimientos industriales, con un cálculo diferenciado para contaminantes de carácter local y global.

En este primer paso por implementar un Impuesto Verde, el foco estaba puesto en establecimientos con calderas o turbinas con potencia térmica total desde 50 MWt. El primer pago del impuesto fue en abril de 2018 y aproximadamente el 94% fue pagado por generadoras termoeléctricas. Sin embargo, se dejó fuera un gran número de fuentes fijas debido a que los establecimientos no contaban con calderas o turbinas ni tampoco superaban la potencia total indicada en la Ley. Por otra parte, pagaron impuestos establecimientos con fuentes emisoras estacionales por sobrepasar la potencia instalada.

Es así, como en febrero de 2020 se aprobó la Ley N° 21.210, que introdujo cambios en dicho impuesto. En lo principal, se cambió el foco hacia la generación de emisiones en lugar de regular la potencia instalada. Esta modificación establece el pago a establecimientos que generen más de 100 toneladas al año de material particulado o 25 mil toneladas anuales de CO2. Además, incorpora la opción de compensar emisiones mediante la implementación de proyectos de reducción de emisiones como medida adicional a lo establecido en los instrumentos de evaluación ambiental o normativa aplicable.

La forma de cálculo del impuesto se mantiene. Por su parte, el impuesto a las emisiones de CO2 tiene un valor unitario fijo por ser un contaminante global; en el caso de contaminantes locales, el cálculo considera las condiciones de calidad del aire y la cantidad de habitantes de la comuna donde se generan las emisiones. Así, una misma fuente pagará mayor impuesto en una comuna con gran cantidad de habitantes que en una comuna con menor población, dado que habrá más personas expuestas a dichas emisiones.

Atendiendo a que el objetivo de este impuesto es incentivar la disminución de emisiones, la modificación en el Impuesto Verde entrará en vigencia el año 2023. Este plazo consideró que los Titulares tengan tiempo suficiente para diseñar, implementar y, eventualmente, tramitar medidas de reducción o compensación de sus emisiones.

Basados en la experiencia, se requiere de un acabado conocimiento de los procesos y una adecuada estimación de emisiones para tomar decisiones oportunas frente a la necesidad de implementar soluciones tecnológicas, logrando una adaptación paulatina hacia el año 2023. Es importante que las empresas consideren el plazo de vigencia diferido como una oportunidad para integrar las emisiones en su modelo de negocios, y a la vez, tengan en cuenta los tiempos de tramitaciones ambientales, lo que hace urgente la toma de decisiones para adaptarse al nuevo Impuesto Verde.

Columna publicada en InduAmbiente N° 169 (marzo-abril 2021), pág. 13.