
En las últimas semanas se ha instalado en Chile una discusión que trasciende una ley o un instrumento particular. Distintas voces del Gobierno y del mundo empresarial han comenzado a cuestionar normas destinadas a proteger derechos indígenas, territorios, comunidades y medio ambiente, presentándolas como obstáculos para la inversión y el crecimiento.
Las declaraciones del ministro de Defensa, Fernando Barros, constituyen quizás su expresión más explícita. Calificó el Convenio 169 de la OIT y la Ley Lafkenche como un "riesgo para el país", planteó la necesidad de "deshacerse" de legislaciones que establecerían diferencias entre las personas y cuestionó incluso la consulta indígena. Aunque el Gobierno tomó distancia de la posibilidad de abandonar el Convenio, el Presidente José Antonio Kast sostuvo que existirían "abusos" en la aplicación de la Ley Lafkenche y que ésta debe modificarse.
No se trata de hechos aislados. En su cuenta pública, el Presidente ya había anunciado flexibilizar las restricciones que protegen las tierras indígenas, permitiendo su arriendo prolongado y su utilización como garantía hipotecaria. A ello se suma el cuestionamiento de representantes de la industria salmonera a los efectos que la Ley Lafkenche y las solicitudes de Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios tendrían sobre la inversión y la certeza jurídica.
Es legítimo discutir estos problemas. Una solicitud que permanece años sin resolución no constituye una buena política pública; tampoco una consulta interminable o realizada cuando las decisiones fundamentales ya han sido adoptadas. Empresas y comunidades necesitan reglas y plazos claros. Pero precisamente por ello debemos hacer una distinción fundamental: agilizar no es flexibilizar. Agilizar significa mejorar procedimientos, fortalecer instituciones, establecer plazos razonables y resolver oportunamente. Flexibilizar significa reducir el estándar de protección de los derechos para facilitar determinadas inversiones. Confundir ambas cosas implica atribuir a las salvaguardas problemas que muchas veces corresponden a la incapacidad del Estado para aplicarlas adecuadamente.
Las salvaguardas no son meros trámites. Son la memoria institucional de conflictos anteriores: existen porque hubo pérdida de tierras, desplazamiento de comunidades, deterioro ambiental y proyectos impuestos sin participación suficiente. Ese es el fundamento de la protección de las tierras indígenas, de la consulta, del reconocimiento de los usos consuetudinarios sobre espacios costeros y de la evaluación de impactos ambientales y sociales.
Pero las salvaguardas también protegen las inversiones. Permiten identificar anticipadamente impactos, procesar diferencias y alcanzar acuerdos antes de que los conflictos se vuelvan irreversibles. Una autorización puede obtenerse más rápidamente reduciendo exigencias, pero eso no hace necesariamente más segura una inversión: menor participación puede significar mayor conflicto; una consulta deficiente puede terminar en tribunales; y un proyecto técnicamente viable puede tornarse socialmente inviable.
Por eso es engañoso plantear una disyuntiva entre derechos y desarrollo. Chile necesita inversión, crecimiento y empleo, pero también instituciones capaces de otorgar certeza jurídica a todos los actores, resolver oportunamente, conducir buenas consultas y anticipar los impactos sociales, ambientales y territoriales.
La pregunta, entonces, no es cuántas salvaguardas estamos dispuestos a flexibilizar para volver a crecer, sino qué clase de desarrollo queremos promover y qué instituciones necesitamos para que las inversiones prosperen sin que los derechos de unos se conviertan en el precio del bienestar de otros.
