Lunes 23 de febrero de 2026.- A través de un comunicado de prensa, la empresa Andes Iron aseguró que continuará impulsando el proyecto minero-portuario Dominga pese a la reciente resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta.
La instancia judicial resolvió anular de oficio todo lo obrado en el procedimiento de cumplimiento incidental dictado por el Primer Tribunal Ambiental en el marco del caso del proyecto Dominga, al estimar que dicho procedimiento fue aplicado a una situación no prevista por la ley.
En su resolución unánime, la Corte de Antofagasta sostuvo que la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental en febrero de 2025 no reunía los requisitos necesarios para ser objeto de ejecución. Según el fallo, los artículos 174 y 175 del Código de Procedimiento Civil establecen que solo son ejecutables las sentencias definitivas o interlocutorias firmes que declaren un derecho a favor de quien lo invoca, condición que —indicó— no se cumple en este caso.
El tribunal explicó que la resolución que se pretendía ejecutar no estableció derechos a favor de ninguna de las partes ni resolvió la calificación ambiental del proyecto Dominga. En ese sentido, precisó que dicha sentencia no confirmó ni revocó lo resuelto por el Comité de Ministros, sino que anuló su decisión y ordenó un nuevo pronunciamiento del órgano recurrido, manteniendo abierta la tramitación del proceso.
A partir de estos antecedentes, la Corte concluyó que se aplicó un procedimiento de ejecución a un caso no contemplado por la ley, lo que configuró un vicio procesal que debía ser corregido de oficio, conforme a los artículos 83 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
La resolución agrega que resulta improcedente que una Corte de Apelaciones, al conocer un recurso relacionado con el cumplimiento de lo resuelto, se pronuncie sobre materias esenciales del proceso de evaluación ambiental, como los límites y competencias de las autoridades que intervienen en dicho procedimiento.
Por estas consideraciones, el tribunal resolvió anular íntegramente el procedimiento de cumplimiento incidental seguido ante el Primer Tribunal Ambiental, declarando improcedente su aplicación atendida la naturaleza jurídica de la resolución dictada en alzada.
Reacción de Andes Iron
A través de un comunicado, la compañía afirmó que el fallo "nos sorprende y desilusiona, ya que llevamos 12 años en tramitación, siendo uno de los casos icónicos de la permisología en Chile que sigue sin solución. No obstante, queremos ser claros al afirmar que en ningún caso esta decisión nos desanima ni altera nuestra convicción de seguir adelante con el proyecto Dominga".
Agregaron que "la resolución de la Corte de Apelaciones es estrictamente procedimental y que no se pronuncia sobre la validez técnica ni ambiental del proyecto, a la suficiencia de los antecedentes aportados o al mérito de las consideraciones sustantivas previamente discutidas, las cuales siguen plenamente vigentes".
Asimismo, Andes Iron aclaró que "el proyecto ha superado rigurosas revisiones de organismos especializados incorporando exigentes estándares ambientales y compromisos sociales concretos para la región de Coquimbo. La justicia ambiental y todos los procesos ambientales han señalado que Dominga cumple con la normativa".
La empresa también precisó que la resolución de la Corte de Apelaciones mantiene a firme la sentencia del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta (1TA) de diciembre de 2024, que declaró nulo lo resuelto por el Comité de Ministros por considerarlo ilegal.
Respecto de los argumentos incorporados en enero de 2025 para rechazar la iniciativa (relativos a una supuesta amenaza a la algarrobilla y a la inexistencia de un plan de contingencias), la compañía manifestó que confía en que "serán, una vez más, totalmente desestimados en las instancias que correspondan".
Respecto a los pasos a seguir, Andes iron anunció que analizará "con detención todas las alternativas jurídicas que la institucionalidad contempla, convencidos de que el fallo de la Corte de Apelaciones no está respaldado ni por el fallo de la Corte Suprema de septiembre de 2025 ni por la legislación aplicable.
Por su parte, la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, valoró el fallo toda vez que "confirma lo que hemos venido planteando. El Comité de Ministros dio cumplimento al fallo del Primer Tribunal Ambiental de diciembre de 2024 y que actuando, dentro del ámbito de sus competencias, las instituciones funcionan".

