Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Partió consulta ciudadana sobre norma que reduce niveles de radiación de antenas telefónicas

Partió consulta ciudadana sobre norma que reduce niveles de radiación de antenas telefónicas

La nueva regulación pretende disminuir los niveles máximos a un valor general de 10 microvatios por centímetro cuadrado.



Viernes 6 de enero de 2023.- El pasado 3 de enero, el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) dio el vamos al proceso de consulta pública de la Norma de Emisión de Radiación Electromagnética, el cual se extenderá hasta el 28 de marzo. El instrumento, que se aplicará en todo el territorio nacional, tiene por objetivo controlar las emisiones de radiación electromagnética provenientes de equipos y redes de transmisión de antenas de telefonía, para proteger la salud de las personas.

La Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, calificó esta normativa como un "importante avance, ya que es una de las crecientes preocupaciones de la ciudadanía, por lo cual es de suma importancia robustecer la normativa ambiental en pos del proteger a las personas. Con esta norma se aumentan las exigencias para las empresas de telefonías, lo cual nos parece que va en la línea de la justicia ambiental y lograr la transición socioecológica justa, como nos ha encomendado el presidente Gabriel Boric".

La creciente demanda de comunicación inalámbrica ha provocado el aumento del número de personas potencialmente expuestas a radiación electromagnética, definida ésta como un fenómeno físico cotidiano. Puede ser de origen natural o antropogénico, proveniente de antenas de televisión, radio o telefonía móvil.

Ante la preocupación por posibles efectos en la salud, a partir de investigaciones sobre los efectos biológicos, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha concluido que la exposición a niveles inferiores de los límites recomendados por organismos internacionales no produciría un efecto perjudicial en la salud. Sin embargo, se afirma que aún persisten lagunas de conocimiento, las que se deberán seguir abordando con mayor investigación.

En Chile, la radiación electromagnética se encuentra regulada desde el año 2000 a través de una Norma Técnica de la Subsecretaría de Telecomunicaciones que considera recomendaciones de la OMS, entre otras.

La Ley N° 20.599 (Ley de Antenas) determinó que el Ministerio del Medio Ambiente debe elaborar una norma ambiental para regular la radiación electromagnética, considerando para su límite un valor igual o menor al promedio simple de los países más exigentes de la OCDE, además de un límite especial para áreas sensibles. De esta manera, el MMA inició en diciembre de 2012 el proceso de dictación de una Norma de Emisión.

La nueva norma pretende reducir los niveles máximos a un valor general de 10 mW/cm2 (microvatios por centímetro cuadrado) (límite sensible actual) y un valor para áreas de protección especial de 5,8 mW/cm2.

Respecto del cumplimiento de la norma, las nuevas fuentes emisoras deberán ajustarse a los niveles establecidos desde la entrada en vigencia del decreto, mientras que las fuentes existentes tendrán un plazo de hasta 12 meses desde la entrada en vigencia de la regulación.

Fiscalización y metodología de medición

En julio de cada año, el titular de la fuente emisora deberá reportar los resultados obtenidos en las mediciones de densidad de potencia efectuadas durante el año anterior a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por medio del sistema y procedimientos que ésta determine.

Corresponderá a la SMA fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de la norma, sin perjuicio de las atribuciones que posea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, según corresponda.

Respecto a los procedimientos de medición, dentro del plazo de 6 meses contados desde la publicación del decreto, la Superintendencia del Medio Ambiente dictará los protocolos, procedimientos, métodos y planes de medición y análisis para determinar el cumplimiento de la norma de emisión, para lo cual se coordinará con la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el ámbito de sus competencias.

Del informe de cumplimiento: La SMA deberá informar anualmente al MMA sobre el cumplimiento de las disposiciones de la norma. El informe deberá considerar la información aportada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.

"Invitamos a todas las personas a ingresar sus opiniones sobre esta normativa hasta el 28 de marzo en www.consultasciudadanas.mma.gob.cl. Es muy importante que la ciudadanía forme parte de los procesos de elaboración de las normas ambientales", sentenció la Seremi Giovanna Amaya.