Martes 21 de julio de 2026.- Con solo un punto a resolver en una comisión mixta y la reserva de constitucionalidad a varios artículos, que incluyen la polémica propuesta para indemnizar a los proyectos cuya resolución de calificación ambiental (RCA) favorable sea anulada por una sentencia judicial, el proyecto de ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social presentado por el Gobierno sigue avanzando en el Congreso Nacional.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó hoy todos los cambios realizados por el Senado, a excepción del que define un aporte del fisco (de un 1.500.000 UTM) al Fondo Común Municipal como medida de compensación por la exención de las contribuciones a las personas mayores de 65 años, el cual ahora deberá resolverse en una instancia con legisladores de ambas cámaras.
Todo el resto del articulado quedó a firme para su despacho a ley, sin embargo, legisladores de diversos sectores oficializaron que recurrirán ante el Tribunal Constitucional (TC) para que evalúe una quincena de artículos antes de la promulgación de la norma. En ese marco, desde la oposición se impugnó la mencionada indemnización por RCA anulada, como también la propuesta de invariabilidad tributaria para inversiones locales o extranjeras, de 10 a 20 años dependiendo de su monto. Desde el ejecutivo, en tanto, hicieron lo propio con la norma que elimina el registro histórico de deudas.
Cambios ambientales
El Congreso Nacional dio su respaldo a la mayor parte de la iniciativa gubernamental que, en su esencia, busca reactivar la economía y destrabar las inversiones mediante la rebaja gradual del Impuesto de Primera Categoría desde el 27% al 23% y una serie de modificaciones para agilizar la tramitación ambiental de los proyectos y dar mayor certeza jurídica a los inversionistas, entre otras disposiciones.
Entre las principales modificaciones ambientales aprobadas figuran:
-Indemnización por revocación de Resolución de Calificación Ambiental (RCA): Se autoriza a los titulares de proyectos a exigir una restitución de gastos al Estado en caso de que un tribunal revoque una RCA favorable previamente otorgada.
Los parlamentarios que hicieron reserva de constitucionalidad sobre este tema sostienen que esta regulación afecta la potestad fiscalizadora del Estado, limita el ejercicio de la justicia ambiental y condiciona el deber constitucional de tutelar el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
-Fortalecimiento del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en su rol de coordinación durante la evaluación de proyectos. Entre ellas se contempla que el SEA pueda revisar los pronunciamientos de los organismos con competencia ambiental y evitar observaciones que excedan sus atribuciones legales, con el propósito de evitar duplicidades y retrasos.
-Reducción del plazo para invalidar actos administrativos, incluidos aquellos relacionados con permisos ambientales, de dos años a seis meses.
-Relocalización de concesiones acuícolas: La reforma elimina el ingreso obligatorio al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para todas las relocalizaciones y establece un procedimiento simplificado para las microrelocalizaciones, manteniendo el ingreso a evaluación únicamente cuando corresponda conforme a las reglas generales de la legislación ambiental.
-Límite temporal a las medidas precautorias: Otra norma aprobada establece que las medidas precautorias que paralicen proyectos ya autorizados no podrán extenderse por más de seis meses, salvo las excepciones previstas por la legislación aplicable. Mientras el Gobierno sostuvo que esta medida busca evitar detenciones indefinidas; sus críticos advirtieron que podría restringir la protección cautelar del medio ambiente.

