Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Ley REP: Habilitan nuevo formulario para consumidores industriales que valoricen residuos por cuenta propia

Ley REP: Habilitan nuevo formulario para consumidores industriales que valoricen residuos por cuenta propia

Dichos establecimientos industriales deberán presentar su declaración al Ministerio del Medio Ambiente, a través del nuevo documento generado por la Oficina de Economía Circular, antes del 30 de junio.



Martes 16 de junio de 2026.- En el marco de la implementación de la Ley 20.920 sobre Responsabilidad Extendida del Productor (REP), la Oficina de Economía Circular del Ministerio del Medio Ambiente puso a disposición de los consumidores industriales un nuevo formulario para que notifiquen el régimen en el que operarán respecto a sus residuos de productos prioritarios.

Este documento debe ser utilizado por los productores industriales que opten por valorizar sus residuos por cuenta propia, los cuales tienen que informar a la autoridad ambiental antes del 30 de junio de cada año.

Cabe recordar que la Ley REP define a los consumidores industriales como aquellos establecimientos de ese tipo que generan residuos de productos prioritarios, según la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Esto incluye toda instalación industrial o de impacto similar, como los edificios de equipamiento comercial destinados a centros comerciales cerrados, grandes tiendas y supermercados.

La regulación faculta a estos actores a valorizar sus residuos de productos prioritarios por cuenta propia, ya sea por sí mismos o mediante gestores autorizados. Sin perjuicio de ello, también pueden optar por entregar estos residuos directamente a un sistema de gestión de residuos, al igual que todos los demás consumidores, en cuyo caso no deben informar al Ministerio, por lo que no tienen que completar el mencionado formulario.