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Cerro Colorado tendrá 90 días para extraer agua y obtener aprobación para seguir operando

Cerro Colorado tendrá 90 días para extraer agua y obtener aprobación para seguir operando

Así lo dispuso el Primer Tribunal Ambiental que levantó medida cautelar y autorizó a la minera a sacar 54 litros por segundo para su producción desde el acuífero Lagunillas.



Miércoles 22 de septiembre de 2021.- El Primer Tribunal Ambiental ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) culminar, a la brevedad y dentro del plazo máximo previsto en la Ley 19.300, la evaluación del "Proyecto Continuidad Operacional de Cerro Colorado"; y, además, autorizó a la compañía minera a extraer un caudal de 54 litros por segundo desde el acuífero Lagunillas para fines productivos durante 90 días corridos, a contar del 1 de octubre próximo. Una vez finalizado ese plazo, si la empresa no obtiene la calificación ambiental favorable de dicha iniciativa, no podrá seguir sacando agua.

La disposición judicial levantó la medida cautelar que prohibía la extracción hídrica, desde el inicio del mes venidero, para proteger el mencionado ecosistema. No obstante, desde el tribunal indicaron que su nueva determinación considera tanto la situación crítica en que se encuentra el acuífero, como también la proporcionalidad que debe tener la medida, "evitando sin dudas causar un daño mayor del que se trata de evitar por el ejercicio de la acción jurisdiccional".

Por lo anterior, se estableció que la minera tendrá sólo 90 días para obtener la correspondiente resolución de calificación ambiental con las medidas asociadas a la recuperación del acuífero Lagunillas, en los términos ordenados por la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental, decretada el 8 de febrero de 2019.

Al mismo tiempo, se estipuló que en caso de no obtenerla dentro del plazo indicado "automáticamente y sin necesidad de posterior declaración, Compañía Minera Cerro Colorado Limitada o quien la reemplace, deberá suspender la extracción total de aguas subterráneas". Esta última decisión contó con la prevención del ministro Juan Opazo, quien fue de opinión de evaluar la situación del acuífero una vez transcurrido el plazo otorgado a la empresa.

A juicio del órgano colegiado, dicha evaluación "se ha extendido más allá del tiempo que razonablemente demanda la protección ambiental de un acuífero altoandino que por su especial fragilidad y singularidad el ordenamiento jurídico se ha encargado de proteger", por lo que instruye al SEA para que "dé inmediato cumplimiento a lo ordenado por el Segundo Tribunal Ambiental y proceda a la evaluación complementaria del aludido proyecto, dentro del plazo legal dispuesto para estos efectos en la Ley N° 19.300 y bajo el apercibimiento legal del artículo 238 del Código de Procedimiento Civil".

Además, ofició a la Dirección General de Aguas para que fiscalice y reporte mensualmente al tribunal sobre el "efectivo" cumplimiento de la medida cautelar y adopte las acciones necesarias para asegurar la reducción del caudal de extracción de aguas desde el acuífero.

Demanda y adenda

La modificación de la medida cautelar se decretó en el contexto de la demanda por daño ambiental interpuesta por Luis Jara Alarcón, copropietario de la Estancia de Cancosa, en contra de Compañía Minera Cerro Colorado y la posterior solicitud de la empresa para que se revisara la prohibición de extraer agua del acuífero Lagunillas.

El demandante solicita al Primer Tribunal Ambiental la detención definitiva de toda la extracción de agua desde el acuífero para la operación de la faena, así como el desmantelamiento de obras asociadas; la elaboración, evaluación e implementación de un proyecto de suministro hídrico artificial al acuífero; y la reposición, reparación y restauración integral de todos los recursos biológicos y demás condiciones abióticas preexistentes en el ecosistema dañado.

Jara acusa a la minera de generar un daño continuo, permanente, irreversible y significativo en el humedal, como consecuencia de su actuar "ilegal y culpable" ya que –según asegura– no cuenta con la autorización ambiental ni los derechos de aprovechamiento para extraer agua del acuífero. Asimismo, señala que la empresa ha incumplido las medidas de riego artificial necesarias para mantener el humedal, y ha manifestado un retardo negligente en el proceso de evaluación ambiental de las nuevas medidas que debe proponer para abordar los efectos ambientales del nuevo proyecto en el acuífero Lagunillas.

Desde Cerro Colorado, en tanto, valoraron la nueva resolución judicial. "Estamos satisfechos con la decisión del Tribunal pues tanto nosotros como la Comunidad Indígena Aymara de Cancosa hemos siempre cuestionado la legitimidad del Sr. Jara Alarcón para presentar este tipo de acciones. Además, dentro del proceso hemos aportado evidencia respecto de la situación del bofedal, que se encuentra en vías de recuperación gracias a las medidas que hemos tomado", aseguró el presidente de BHP Pampa Norte, Cristián Sandoval.

Y en relación a la exigencia impuesta por el órgano colegiado, el ejecutivo indicó: "Estamos trabajando arduamente para obtener la calificación ambiental positiva en los tiempos indicados por el Tribunal; de hecho, ya ingresamos nuestra Adenda 3 el pasado 10 de septiembre. Estamos preparados para llevar adelante un proceso de evaluación técnico fundado y para responder con máxima agilidad todos los requerimientos de complementación y aclaraciones de los organismos competentes".