Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Centro de Ciencias Ambientales hace sus descargos ante cargo gravísimo formulado por la SMA

Centro de Ciencias Ambientales hace sus descargos ante cargo gravísimo formulado por la SMA

Director del Centro EULA Chile de la Universidad de Concepción defendió procedimientos del laboratorio.



Lunes 3 de abril de 2023.- Ante los cargos formulados por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) al laboratorio de ensayos del Centro de Ciencias Ambientales EULA Chile, dependiente de la Universidad de Concepción, por un eventual incumplimiento en cinco informes emitidos durante 2020, su director, Dr. Ricardo Barra, expresó la convicción respecto a la idoneidad del trabajo que han realizado, agregando que la calidad de estos procedimientos está asegurada.

En conversación con el noticiero de Canal 9 Biobío Televisión, el doctor en ciencias ambientales afirmó que "llevamos más de treinta y tres años de existencia como laboratorio y nos llega esta noticia de incumplimiento grave, que nosotros calificamos de injusta y frente a la cual responderemos con todo el rigor técnico que caracteriza a nuestro quehacer".

El directivo añadió que "acá tenemos un impasse técnico que vamos a tener que resolver y por eso nos acogimos a un plan de cumplimiento, ya que pretendemos además hacer una contribución. Nosotros entendemos que tenemos que aportar a resolver esta controversia, para que en el futuro eventos como éste, tan desagradables para una institución seria y de prestigio como el EULA, no se vuelvan a repetir".

Cabe recordar que la semana pasada, la SMA formuló un cargo gravísimo en contra del Laboratorio de Ensayo EULA, que se encuentra en el Registro Nacional de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA) de la Superintendencia, por "realizar actividades asociadas a alcances que no contaban con autorización de la SMA al momento de su ejecución", explica Mónica Vergara, Encargada del área de ETFA de la SMA. En este caso, los alcances no autorizados se relacionan con la subárea aguas residuales, aguas superficiales y aguas subterráneas.

Por esta infracción gravísima, conforme a lo dispuesto en la Ley de la SMA, la institución podrá ser objeto de clausura y/o de multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a más de $7.494 millones.