Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

2° Tribunal Ambiental anuló parcialmente RCA de proyecto inmobiliario en Huechuraba

2° Tribunal Ambiental anuló parcialmente RCA de proyecto inmobiliario en Huechuraba

Judicatura especializada también suspendió los efectos de la parte no anulada de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) hasta que termine de reevaluarse la iniciativa.



Jueves 21 de julio de 2022.- El Segundo Tribunal Ambiental, por unanimidad de sus ministros, acogió parcialmente la reclamación interpuesta por tres vecinos y dos juntas de vecinos de Huechuraba en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la aprobación del proyecto inmobiliario Carmen Oriente en esa comuna de la Región Metropolitana.

La iniciativa, ubicada en Avenida Santa Rosa de Huechuraba N°7350, consiste en la construcción de 7 edificios de departamentos, en un plazo estimado de 9 años y medio. Cuatro edificaciones serán de 21 pisos de altura y 3 contarán con 11 pisos. Se contempla un total de 840 departamentos y 1.335 estacionamientos.

Tras el análisis de los distintos aspectos reclamados, la sentencia concluye que "se observa la existencia de un vicio de motivación que daría por acreditado que no fueron debidamente consideradas las observaciones generadas en el proceso PAC referidas a: i) la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, atendido que no se acompañó en la evaluación información técnica suficiente para verificar o descartar el impacto consistente en la proyección de las sombras de los edificios del proyecto sobre las viviendas cercanas; y ii) riesgo para la salud de la población, dado que se incurrió en un error esencial consistente en una deficiente identificación de los receptores asociados al impacto ruido en el área de influencia del proyecto, al no representar la condición más desfavorable de exposición, lo que no permite verificar que el proyecto cumplirá con los límites establecidos en el DS N° 38/2011".

En consecuencia, la judicatura especializada, resolvió anular parcialmente la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto, en aquellos puntos relacionados con la evaluación del efecto sombra y ruido. Asimismo, ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación a la etapa del ICSARA (documento preparado por el SEA que consolida las consultas, aclaraciones o rectificaciones realizadas por los servicios públicos competentes al titular del proyecto), para que se aborden estos aspectos, "debiendo efectuar las modelaciones adecuadas en cada caso, para justificar la inexistencia de impactos significativos".

Asimismo, la sentencia mandata "suspender los efectos de aquella parte no anulada de la RCA 723/2019 por todo el tiempo que dure la evaluación ambiental de la parte viciada, hasta la dictación de la RCA complementaria. De esta forma, el proyecto no puede ser ejecutado hasta no contar con esta última resolución".

La reclamación fue presentada por la Junta de Vecinos Lomas del Carmen, la Junta de Vecinos Santa Rosa de Huechuraba III y tres personas naturales luego que el SEA rechazara las reclamaciones administrativas que presentaron en contra de la RCA, argumentando que sus observaciones no fueron consideradas debidamente.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz (presidente), Cristián Delpiano y Cristián López.