Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

SMA notificó a 620 establecimientos de manera preventiva para controlar emisiones atmosféricas

SMA notificó a 620 establecimientos de manera preventiva para controlar emisiones atmosféricas

En el marco del período de Gestión de Episodios Críticos, la Superintendencia del Medio Ambiente realizó una notificación masiva a los regulados para fortalecer el cumplimiento de medidas en zonas con planes de descontaminación entre las regiones de O'Higgins y Aysén.



Miércoles 13 de mayo de 2026.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizó una notificación preventiva a 620 establecimientos, mediante correos electrónicos enviados a través del Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), con el objetivo de reforzar el cumplimiento de medidas de control de emisiones y obligaciones de reporte.

Los establecimientos notificados se ubican en las comunas sujetas a los planes de prevención y/o descontaminación atmosférica (PPDA/PDA), desde la región de O'Higgins hacia el sur. La notificación se realizó en el contexto del período de Gestión de Episodios Críticos (GEC) que comenzó el 1 de abril pasado, instancia en la que la SMA intensifica la fiscalización de las medidas de su competencia y verifica el cumplimiento de las acciones orientadas a controlar los niveles de emisiones contaminantes al aire.

De los 620 establecimientos notificados en estas zonas, un 55% se concentra en la región del Biobío, en comunas donde aplica el PPDA Concepción Metropolitano y el PDA Los Ángeles; un 14% corresponde al PDA Osorno; y un 11% se ubica en comunas de la región del Maule, asociadas al PDA Talca y Maule y al PDA Valle Central de Curicó.

La Superintendenta (s) Claudia Pastore señaló que "hemos notificado preventivamente a más de 600 establecimientos a afectos a los planes de descontaminación atmosféricos entre las regiones de O'Higgins y Aysén con el objeto de asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental, prevenir sanciones y proteger la salud de la población mediante la reducción de emisiones contaminantes, especialmente durante este periodo de episodios críticos".

Desde la SMA también recordaron que cuentan con facultades sancionatorias ante el incumplimiento de las medidas establecidas en los PDA/PPDA, así como de las instrucciones impartidas. Estas pueden considerar multas de hasta diez mil unidades tributarias anuales, además de la clausura temporal o definitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 39 de su Ley Orgánica.