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Primer Tribunal Ambiental condenó a Engie por daño ambiental en Zona Franca de Iquique

Primer Tribunal Ambiental condenó a Engie por daño ambiental en Zona Franca de Iquique

La decisión, resultado de una demanda interpuesta por Zofri en 2022, obligará a la generadora eléctrica a ingresar al Sistema de Evaluación Ambiental un plan de remediación en un plazo de 6 meses.



Lunes 12 de agosto de 2024.- El Tribunal Ambiental de Antofagasta condenó a Engie Energía Chile por su responsabilidad en un daño ambiental significativo en el sitio 92-A del Barrio Industrial El Colorado, ubicado en la Zona Franca de Iquique (Zofri). La sentencia concluyó que la operación y el posterior abandono de una central diésel por parte de la eléctrica generó una grave contaminación en el suelo y en las aguas subterráneas del terreno, superando ampliamente los límites permitidos por las normativas internacionales.

El conflicto se originó en un contrato de arriendo firmado en 1991, en el que Zofri arrendó el sitio a Engie para la operación de la central diésel. A pesar de que el contrato finalizó en 2021, Zofri acusó a la empresa de no cumplir con las obligaciones de limpieza y devolución del terreno en condiciones adecuadas. Según la demanda, los niveles de hidrocarburos en el sitio exceden los parámetros establecidos, lo que representa un peligro significativo para el medio ambiente y la salud de las personas.

Engie, por su parte, argumentó que la contaminación era limitada y que había tomado todas las medidas necesarias para mitigar cualquier impacto ambiental. Sin embargo, el Tribunal consideró que las pruebas presentadas por Zofri eran contundentes y que Engie no actuó con la diligencia debida para prevenir y remediar el daño causado.

En su fallo, el Tribunal ordenó a la empresa eléctrica llevar a cabo un proceso de biorremediación para restaurar el suelo y las aguas subterráneas del sitio, además de ingresar el proyecto de remediación al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Esta medida busca garantizar que el sitio pueda ser utilizado nuevamente para fines comerciales e industriales, cumpliendo con los estándares de calidad ambiental vigentes.

Entre los puntos más destacados del fallo están los siguientes:

- Declaración de Daño Ambiental Significativo: El Tribunal reconoció que el sitio 92-A ha sufrido un daño ambiental significativo, especialmente en los componentes de suelo y aguas subterráneas. La contaminación fue atribuida principalmente a los hidrocarburos derivados de las operaciones de la central diésel que ENGIE operaba en el lugar.
- Obligación de Remediación: Engie Energía Chile fue condenada a llevar a cabo un proceso de remediación ambiental del sitio. Esto incluye la aplicación de técnicas de biorremediación para descontaminar el suelo y las aguas subterráneas. El objetivo es que el terreno pueda utilizarse nuevamente para fines comerciales e industriales sin que represente un riesgo para la salud humana o el medio ambiente.
- Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA): El Tribunal ordenó que Engie debe ingresar el proyecto de remediación al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Este paso es fundamental para asegurar que las medidas de remediación cumplan con los estándares y regulaciones ambientales vigentes en Chile.
- Responsabilidad Solidaria Rechazada: Aunque Engie intentó argumentar que Zofri también debía ser responsable de la remediación debido a su rol como propietaria del terreno, el Tribunal desestimó esta defensa, concluyendo que la responsabilidad recae directamente sobre E por su rol en la operación y abandono del sitio.

Descargos

Desde Engie explicaron que están considerando emprender acciones legales para impugnar el fallo del Primer Tribunal Ambiental. Asimismo, señalaron que Zofri adquirió el dominio del Sitio 92-A en 1977 cuando ya existía una central diésel en su interior, y lo arrendó a Edelnor S.A. en 1991, empresa que Engie adquirió en 2002. El contrato, con una duración de 30 años, finalizó el 28 de noviembre de 2021, lo que fue ratificado por el Juzgado Civil y confirmado por la Corte de Apelaciones de Iquique, que rechazó la demanda civil interpuesta por Zofri contra Engie, determinando que Engie no incumplió el contrato ni causó perjuicios a Zofri.

"Al finalizar el contrato, Engie entregó el predio en buen estado, con impactos propios de una operación de más de 60 años. Se contrataron servicios para el retiro de combustibles y residuos. Sin embargo, tras la extinción del contrato, Zofri decidió no recibir el sitio y no ejerció ninguna acción de control ni cuidado durante cerca de nueve meses, hasta después del incendio de agosto de 2022. A instancias de la Mesa Técnica Intersectorial, Engie acordó realizar la limpieza de los residuos presentes, mientras Zofri asumió la responsabilidad de la seguridad", señaló Engie.

Fuente: La Tercera