Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Reglas para los Salmones

Reglas para los Salmones

Limpiar los residuos en las áreas de concesión es una de las nuevas exigencias ambientales para la industria acuícola.



En los últimos 20 años, Chile se ha convertido en un importante exportador de productos del mar a los mercados mundiales. El ejemplo más claro es que nuestro país es el segundo productor de salmón a nivel global y el volumen de envíos al exterior de esta industria es superado sólo por el cobre.

De acuerdo con cifras del Consejo del Salmón, este rubro produce 990.000 toneladas anuales de salmónidos, con exportaciones que bordean los US$5.000 millones en el mismo período.

En ese contexto, esta industria –cuyas prácticas ambientales y sanitarias son constantemente cuestionadas– debe preocuparse de cumplir con las crecientes exigencias que imponen destinos como Estados Unidos, Rusia, Japón o China; y más importante que eso, contar con estándares de operación que le permitan seguir desarrollándose de manera sostenible.

Apuntando a esa dirección, durante el mes de enero se publicaron dos regulaciones que atañen al sector, cuyos principales aspectos revisamos a continuación: la Ley Nº 21.410, que exige la limpieza de los fondos en las zonas de concesiones acuícolas, y el reglamento para el control en línea de parámetros ambientales en los centros de cultivo.

Fondos Más Limpios

El 27 de enero se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.410, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura (N° 18.892), para exigir a los titulares de una concesión acuícola –o quien tenga un derecho sobre esa área para el ejercicio de la actividad– que adopten medidas para evitar o reducir el depósito de desechos en el fondo de esas zonas.

Cuando se trate de residuos orgánicos, se deberá presentar ante el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) un plan de recuperación para mejorar las condiciones del área de sedimentación y acelerar la incorporación de la materia orgánica al ambiente, ya sea mediante mecanismos físicos, químicos o biológicos. Esto se tendrá que complementar con un plan de investigación que contribuya a desarrollar métodos y tecnologías para recuperar los fondos marinos.

Esta Ley entrará en vigencia el 28 de enero de 2024, y los planes de recuperación e investigación se deberán presentar dentro de los seis meses previos a esa fecha.

El texto legal también obliga a los concesionarios acuícolas a aplicar medidas para evitar que se depositen desechos inorgánicos en los fondos de estas áreas. Si se constata su existencia, el infractor tendrá que realizar los trabajos de limpieza correspondientes en un plazo de seis meses, sin perjuicio de las sanciones que puedan proceder. Dicho lapso corre desde la fecha de publicación de esta Ley. Para transportar y disponer los residuos extraídos se deberá recurrir a medios y lugares autorizados.

En caso de incumplir lo establecido, la Ley 21.410 impone sanciones como la suspensión de operaciones durante dos años, o por el doble de tiempo si es que el infractor no hubiese retirado los desechos inorgánicos en el plazo establecido. Incluso abre la opción de caducar la concesión a quien sea sancionado por segunda vez.

Visión Gremial

Esteban Ramírez, Gerente General del Instituto Tecnológico del Salmón (Intesal) de SalmonChile, comenta que la nueva ley va en la línea de los objetivos de sustentabilidad del sector.

"Valoramos que estimule y propicie la generación de planes e investigaciones respecto al fondo marino, ya que acelerará el desarrollo de soluciones. Es algo en lo que hemos venido trabajando y las empresas del gremio están preparadas para llevar adelante la ejecución de la ley, no sólo por cuanto es una obligación, sino porque desde antes de la regulación se había trabajado en buscar las vías que resguarden los fondos", afirma el representante gremial.

Añade que numerosas compañías han efectuado el retiro de residuos inorgánicos, incluso antes de que se discutiera el proyecto de ley.

Respecto a la presencia de sedimentos en el fondo marino, Ramírez puntualiza que "llevamos años buscando sistemas que minimicen la generación de residuos". Según el ejecutivo, algunas de esas innovaciones son el uso de sistemas de control automático equipados con análisis de comportamiento, imágenes e inteligencia artificial; y el aumento de la digestibilidad del alimento, lo que minimiza el transporte de fecas hacia el fondo.

"Últimamente, estamos incorporando sistemas tecnológicos físicos no invasivos, como el uso de oxígeno en burbujas o nanoburbujas, para facilitar la degradación natural en los sedimentos de la materia orgánica y permitir condiciones químicas y físicas óptimas para la vida del fondo marino", agrega.

Monitoreo en Línea

Por otro lado, tras publicarse en el Diario Oficial el 5 de enero, comenzó a regir el reglamento de control en línea de parámetros ambientales de las agrupaciones de concesiones de acuicultura.

En su articulado se establecen los requisitos y condiciones que deberá tener el sistema de monitoreo o control en línea de los centros de cultivo. Esto, considerando aspectos relevantes como las variables meteorológicas y oceanográficas, la recepción y transmisión de las mismas, así como el almacenamiento y procesamiento de la información.

Al respecto, Ramírez entrega la visión del gremio salmonicultor: "Esta iniciativa se convierte en algo inédito a nivel país y global, ya que permitirá contar con una red de monitoreo sobre variables oceanográficas desde el sector privado, contribuyendo así con una mayor intensidad espacial y temporal de información".

En esa dirección, detalla que, "sumando las variables espacio temporales del monitoreo en línea se podrá potenciar y robustecer la base de información existente en tiempo real, lo que será clave para decisiones, discusiones y manejos del sector localizado al sur de nuestro país".

En el decreto, asimismo, se describen las distintas especificaciones técnicas que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura definirá mediante resolución. Estas se refieren a los estándares que deberán cumplir los equipos a utilizar: ubicación (lugar, altura y profundidad), frecuencia de registro de información, estándares para la certificación de los instrumentos y el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones que impone el reglamento, entre otros aspectos.

El representante de SalmonChile explica que los monitoreos y herramientas que documenten información en tiempo real posibilitarán un mayor desarrollo de conocimiento, ciencia y tecnología frente a futuros escenarios de cambios globales que la industria salmonera está enfrentando. "También se complementará con una base de datos de buena calidad para investigaciones relacionadas con esta actividad", acota.

En ese sentido, plantea que este reglamento es un gran paso para la ciencia "y, desde lo técnico, creemos que en el futuro también deberá considerar otras tecnologías de monitoreo no estáticas, sino instrumentos móviles que pasen sucesivamente por los mismos puntos y usen algoritmos que permitan ensamblar los datos".

Adicionalmente, añade Ramírez, se pueden esperar posibles avances en el monitoreo satelital de algunas variables que por ahora se tomarán in situ. "Es decir, aún hay mucha innovación por desarrollar en el ámbito del monitoreo ambiental", concluye.

Artículo publicado en InduAmbiente 174 (enero-febrero 2022), páginas 78 a 80.