Jueves 29 de mayo de 2025.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de dos cargos, contra la empresa CMPC Pulp SpA, titular de la Planta de Celulosa Santa Fe, ubicada en la comuna de Nacimiento, Región del Biobío.
El proyecto consiste en una planta de celulosa para la producción de papel, que abarca aproximadamente 120 hectáreas y que cuenta con dos líneas de producción de celulosa, una planta de tratamiento secundario de efluentes, un área común para la disposición de residuos industriales sólidos y sistemas de apoyo compartidos. Además, tiene un sistema de tratamiento de efluentes (STE) para depurar el agua antes de su descarga al río Biobío, y una laguna de regulación de 32.000 m³ destinada a contingencias operativas.
El caso se originó tras la recepción de dos denuncias por emisión de olores, por descomposición de materia orgánica, provenientes de la planta Santa Fe durante su paralización anual en noviembre de 2022, los cuales habrían afectado la salud e integridad de varios vecinos del sector. A raíz de estos hechos, los residentes interpusieron un recurso de protección que fue acogido por la Corte Suprema en agosto de 2024, ordenando a la SMA resolver los procedimientos en curso respecto de la empresa.
Ante esto, la SMA realizó una serie de actividades de fiscalización, incluyendo inspecciones en terreno y requerimientos de información, donde se pudo constatar que la celulosa desvió residuos industriales líquidos crudos hacia la laguna de regulación del STE durante los trabajos de mantenimiento realizadas en la detención anual de producción. Estos residuos permanecieron almacenados en la laguna por un total de 15 días en noviembre de 2022.
Esta práctica, que se repitió en 2023 y 2024, no fue autorizada en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto, ya que, según su permiso, la laguna de regulación está destinada únicamente a casos de anomalías asociadas al tratamiento de efluentes y su uso inadecuado implica una reducción de la capacidad operativa de la instalación y un aumentó en el riesgo de emisión de gases y olores molestos.
Por otra parte, se constató que el titular aplicó el producto químico Biologic SR2 en la laguna de regulación sin haber realizado pruebas previas en el RIL crudo almacenado durante la detención de planta en noviembre de 2022, incumpliendo las recomendaciones del proveedor para el uso del producto y sus protocolos internos. Esta acción provocó la emisión de olores molestos y elevó el riesgo de generar efectos adversos no controlados.
Como resultado de este análisis, la SMA formuló dos cargos contra CMPC, un cargo leve, por el uso inadecuado de la laguna de regulación del sistema de tratamiento de efluentes, utilizada sin concurrir las circunstancias previstas en su RCA; y un cargo grave, por incumplimiento de las medidas previstas para la descarga de productos químicos en las instalaciones de la planta.
Al respecto, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, señaló que "existen antecedentes suficientes para iniciar este procedimiento sancionatorio contra el titular, considerando que los incumplimientos han generado un riesgo significativo para la salud de la población, la cual se vio expuesta a los olores molestos emanados desde la laguna de regulación del STE".
De acuerdo con la Ley Orgánica de la SMA (LOSMA), por las infracciones graves un titular se expone a una multa de hasta 5.000 UTA, junto con la revocación de la RCA o clausura. Mientras que las infracciones de carácter leve consideran una multa de hasta 1.000 UTA. En este caso en particular, el titular se expone a una multa de hasta 6.000 UTA en total, equivalentes a más de $4.900 millones.
Desde su notificación, el titular tendrá un plazo ampliado de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y 22 días hábiles para formular sus descargos.