Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Para Cuidar las Turberas

Para Cuidar las Turberas

El país requiere normas y políticas para la adecuada protección y el manejo integral de estos ecosistemas.



Por Felipe Osorio
Especialista Flora y Vegetación
Gestión Ambiental Consultores

Los ecosistemas de turberas son uno de los sumideros de carbono más eficientes y grandes de la biósfera. Poseen alta relevancia ecológica, ya que juegan un papel fundamental en la conservación de la biodiversidad como refugio de algunas de las especies de flora y fauna más raras e inusuales dependientes de este tipo de humedales (Ramsar, 2004).

Las turberas se incorporaron a la política ambiental chilena a través de la proclamación de la Convención de Ramsar (Amstein, 2016). Luego de eso se integraron en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), que en su versión más reciente estipula que todo drenaje/desecación de las turberas sólo se puede llevar a cabo obteniendo una calificación favorable.

La turba es considerada por la regulación chilena como una sustancia fósil concesible (es decir, un recurso natural no renovable), regulada a través del Código de Minería (Ley 18.248 del Ministerio de Minería, 1983). Por otro lado, el agua que compone a las turberas es considerada un bien nacional de uso público según el artículo 595 del Código Civil (Amstein, 2016), por lo que sobre ésta se pueden adquirir derechos de propiedad de explotación según el Código de Aguas (DFL Nº 1.122 del Ministerio de Justicia, 1981).

Por su parte, el uso económico de las plantas vivas que componen las turberas, fundamentalmente la cosecha de musgo Sphagnum, no tuvo regulación legal en Chile hasta febrero de 2018. El nuevo reglamento de política (DS Nº 25) entró en vigencia en febrero de 2020, y estableció la obligación de presentar planes de cosecha aprobados antes de la extracción (Ministerio de Agricultura, 2017).

No obstante, las regulaciones sobre las turberas a nivel de unidad de ecosistema (es decir, humedal) coexisten y a veces entran en conflicto con las normas que abordan sus componentes esenciales (es decir, turba, plantas, agua). Esto demuestra la capacidad de la legislación para actuar sin tener en cuenta la naturaleza interconectada de los componentes y la función de las turberas dentro del ecosistema que las sustenta.

Protección y Manejo Integral

La dispersión sectorial regulatoria e institucional (Saavedra & Figueroa, 2015), la falta de información sobre la biodiversidad y el insuficiente control legal son aspectos que dificultan el manejo efectivo de los ecosistemas de turberas.

Estos humedales también juegan un rol clave en la mitigación y adaptación al cambio climático (Joosten & Clarke 2002, Joosten et al. 2012, Parish et al. 2008). Sin embargo, tanto a nivel mundial como nacional, las iniciativas para afrontar este fenómeno (por ejemplo, REDD y REDD +) se han centrado en los bosques y las plantaciones debido a su visibilidad y capacidad para capturar carbono rápidamente en comparación con las turberas, aunque estas últimas son sumideros de carbono más grandes y eficientes.

Un paso indispensable es incluir a las turberas en el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero. A la fecha, existen estimaciones de referencia del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático (IPCC, 2014), y en el año 2020 Chile avanzó en esta dirección incorporándolas en la Contribución Determinada a Nivel Nacional al Acuerdo Climático de París. En consecuencia, parece prioritario para el país desarrollar normativas y políticas que permitan la adecuada protección y manejo integral de turberas.

Artículo publicado en InduAmbiente 171 (julio-agosto 2021), página 65.