Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Intermitente y Crónica

Intermitente y Crónica

Conozca los efectos en salud y medidas para prevenir la hipobaria, que afecta a quienes trabajan a gran altura y descansan a nivel del mar.



Quien postula a un trabajo en una faena minera parte con una certeza: de ser aceptado en el puesto deberá desempeñarse a cientos o miles de metros sobre el nivel del mar (msnm), considerando que en Chile el 80% de las operaciones del rubro se ubican en gran altitud (GA). Por eso, las empresas mineras "utilizan como modalidad laboral el sistema de turnos rotativos, donde la persona trabaja a GA y descansa a nivel del mar un tiempo proporcional al trabajado, exponiéndose a la denominada Hipobaria Intermitente Crónica (HIC)", explican en el Ministerio de Salud.

Más en detalle, en la Mutual de Seguridad indican que un trabajador está expuesto a la HIC cuando cumple funciones entre los 3.000 y 5.500 msnm por más de 6 meses, con una permanencia mínima de 30% de ese tiempo en sistemas de turnos rotativos a gran altitud y descanso a baja altura.

En estos lugares, las personas sufren de cambios fisiológicos, anatómicos y bioquímicos reversibles, provocados por la disminución de la presión barométrica en espacios muy por sobre el nivel del mar.

Respecto a los factores de riesgo asociados a la actividad a gran altitud, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) del Ministerio del Trabajo manifiestan que son tres:

• Individuales: Relacionados con la susceptibilidad del individuo expuesto, asociados a la obesidad, edad y estado físico, y consumo de alcohol, medicamentos y/o tabaco, principalmente.

• Organizacionales: Vinculados a los sistemas de turnos existentes, jornadas extensas de trabajo, tipos de pausas, ritmo y carga de trabajo.

• Ambientales: Como la gran altura geográfica, variaciones de temperaturas, baja humedad ambiental y disminución del oxígeno a mayor altura.

¿Existe normativa al respecto? Sí, el Ministerio de Salud elaboró el Decreto Nº 28/12, que modificó el Decreto Supremo 594/99 sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, para establecer las medidas de prevención y protección de la salud para todos los trabajadores que se desempeñan expuestos a la Hipobaria Intermitente Crónica.

Efectos en la salud

Sobre el impacto de esta exposición en la salud humana, en la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) plantean que a medida que se está a mayor altura respecto del nivel del mar, "se evidencia un paulatino descenso del aporte de oxígeno al respirar. Si le sumamos otros factores, como la mayor sequedad del aire y las grandes variaciones de temperatura entre el día y la noche, se genera una condición ambiental que expone al trabajador a un mayor riesgo de presentar patologías que son reversibles en el corto o largo plazo (hematológicas, neurológicas y cardiopulmonares)".

Agregan que algunos efectos tangibles de esta exposición van desde el aumento de la frecuencia cardíaca e hiperventilación, hipertensión pulmonar y trastornos del sueño, hasta el desarrollo del mal agudo de montaña, edema pulmonar agudo de altitud y edema cerebral agudo de altitud. Estas dos últimas son las complicaciones de mayor gravedad.

En el ISL entregan mayores detalles de las consecuencias de la HIC en las personas:

Deficiencia de oxígeno en la sangre, células y tejidos del organismo, con compromiso de la función de los mismos (Hipoxia).

Aumento de la frecuencia respiratoria en compensación a la falta de oxígeno y, por consecuencia, un aumento de la dificultad respiratoria.

Incremento de la frecuencia cardiaca y presión arterial, manifestado en taquicardia e hipertensión. En casos con predisposición, puede presentar dolores cardiacos o arritmias.

Cefalea, mareos, desorientación, disminución del equilibrio e irritabilidad. Pueden presentarse alteraciones del sueño, incluyendo insomnio, y pérdida del apetito.

Edema cerebral agudo, que puede ocasionar desde somnolencia hasta convulsiones y coma producidos por el mal de altura grave o mal agudo de montaña.

¿Cómo prevenirla?

De acuerdo a la ACHS, entre las medidas de mitigación y prevención de la HIC están:

• Capacitación en riesgos asociados a la exposición: Se debe concientizar respecto a las consecuencias de exponerse a condiciones geográficas adversas para la salud de los trabajadores, así como también sobre los síntomas de alerta y cómo prevenir el desarrollo de la Hipobaria Intermitente Crónica.

• Evaluaciones ocupacionales y de vigilancia de salud: Buscan detectar que las condiciones de salud del trabajador se mantengan dentro de parámetros compatibles con la exposición a altitud geográfica. Y diagnosticar tempranamente efectos de la exposición, para establecer las medidas correctivas que permitan reducir el riesgo a presentar la Hipobaria Intermitente Crónica.

En el ISL manifiestan la necesidad de aplicar un protocolo de seguimiento de aclimatación. "La evaluación debe realizarse al trabajador al llegar a la faena o lugar de trabajo por primera vez, o si han pasado más de 6 meses sin haber subido a gran altitud, y luego a las 24 y 48 horas de permanencia en faena", indican.

También sugieren la instalación por parte de la empresa de un policlínico en lugares de trabajo con gran altitud, los cuales deben contar con autorización sanitaria. Y disposición de una ambulancia en faenas ubicadas a más de 50 kilómetros de distancia de hospitales y policlínicos.

A su vez, en el IST recomiendan las siguientes medidas de mitigación de la HIC, las cuales deberán tener prescripción médica y estar monitoreadas por personal de salud de un policlínico: oxigenación ambiental u oxigenación individual, presurización en cámara hiperbárica, concentradores de oxígeno y estándares de habitabilidad para protección del sueño en todas las dependencias donde pernocten los trabajadores. Entre éstos destacan la humidificación entre 40-70%, temperatura de bienestar entre 17-22 °C, ruido menor a 30 dB y oscuridad menor a 5 Lux.

Agregan que, si el empleador opta por la oxigenación ambiental de los dormitorios, "ésta deberá permitir mantener una presión parcial de oxígeno equivalente a la existente bajo los 3.000 msnm y sobre los 2.700 msnm, con monitoreo permanente de presión parcial de CO2, O2 y vapor de agua. Y si se decide por la oxigenación individual, ésta deberá administrarse por naricera a un flujo de 1 a 2 litros por minuto, manteniendo una saturación igual o mayor a 85%".

Artículo publicado en InduAmbiente nº 186 (enero-febrero 2024), páginas 84 a 85.